jueves, 24 de septiembre de 2015

PROPOSICIÓN RELATIVA A LA BAJADA DEL IBI URBANA


    El artículo 31 de la Constitución española dice que: "Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio".

   Este artículo quiere decir que, en nuestro país, las aportaciones que tienen que hacer los ciudadanos para contribuir al pago de los gastos públicos se tienen que regir por un principio muy importante, que es el de la capacidad económica. Por eso, aunque todos los ciudadanos tienen que contribuir (principio de generalidad), no siempre lo hacen en la misma proporción porque no todos disponen de los mismos recursos económicos. El principio de igualdad determina que los ciudadanos con igual capacidad económica han de pagar la misma cantidad de impuestos y que los ciudadanos con distinta capacidad económica han de pagar distinta cantidad de impuestos. Así, la Constitución determina que, en el sistema tributario español, quienes más dinero tengan deberán aportar más euros al fondo común para el pago de los bienes y servicios públicos (principio de progresividad).

   Aunque con ciertos límites, porque también la Constitución exige que el sistema tributario no lleve la aplicación del principio de progresividad tan lejos que mediante los impuestos, pueda amenazar la capacidad económica de los contribuyentes (alcance confiscatorio).

   La capacidad económica de muchos alosneros y alosneras se está viendo amenazada actualmente siendo insuficientes  los medios y facilidades que la agencia tributaria pone a su disposición.

   Es injusto que los ciudadanos tengan que cargar con la totalidad de la carga impositiva.

   Por lo anteriormente expuesto el Grupo Municipal de IU LV-CA propone para su aprobación el siguiente

ACUERDO

PRIMERO: El Ayuntamiento de Alosno bajará el tipo de gravamen actual (al 0,689%) correspondiente a los inmuebles de naturaleza urbana hasta, al menos, el  0,5%.

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